fbpx

El alcoholismo como causal de nulidad…

El alcoholismo (dependencia del alcohol) es una enfermedad que la psiquiatría engloba dentro de los trastornos mentales:

“La dependencia fisiológica del alcohol se reconoce por la demostración de tolerancia o de síntomas de abstinencia. En especial si se asocia a antecedentes de abstinencia, la dependencia fisiológica constituye una indicación de un curso clínico en general más grave (por ejemplo: inicio temprano, ingesta más elevada y más problemas relacionados con el alcohol)… Una relativa minoría de sujetos con dependencia del alcohol nunca experimentan síntomas relevantes de abstinencia y solo cerca del 5 % de los sujetos con dependencia los experimentan siempre. Una vez presente el patrón de uso compulsivo, los sujetos con dependencia pueden dedicar mucho tiempo al consumo de bebidas alcohólicas. Estos sujetos continúan con frecuencia el consumo de alcohol a pesar de la demostración de las consecuencias adversas físicas o psicológicas (por ejemplo: depresión, pérdidas de memoria, enfermedades hepáticas u otras secuelas)…[1].

Como vemos, clínicamente, el alcoholismo no implica beber hasta perder el sentido, por lo que para encasillar a una persona como alcohólica, debemos de poner atención en otros focos rojos también.

Una persona alcohólica también puede percibirse perfectamente sana y funcional, pues el alcoholismo no se mide en función del estado de ebriedad que pueda evidenciarse, sino en la creciente resistencia y necesidad que una persona tenga respecto de la bebida.

Como lo señala el Manual, existen varias maneras de tener problemas con la ingesta de bebidas embriagantes: abuso, abstinencia, resistencia… pero lo que tienen en común todas ellas cuando hablamos de una causal de nulidad matrimonial, es que es el alcohol el que controla a las personas y no viceversa, es decir, que por la razón que sea, no pueden dejar de tomar a pesar del daño que les hace.

Para que el trastorno pueda probarse como causal de nulidad, se requiere que la persona sea incapaz de asumir su propio padecimiento y por ende no lo trate, convirtiéndose así en un incapaz de hacer frente a las obligaciones del matrimonio.

Muchas veces no se considera a una persona dependiente del alcohol porque trabaja o porque aporta económicamente al hogar, pero no debemos olvidar que las obligaciones del matrimonio van mucho más allá del dinero, implicando aspectos como el respeto y la ayuda mutua, con los cuales el alcohólico no puede cumplir

Una persona que bebe diario o casi diario, probablemente no lo haga hasta quedarse dormida, pero seguramente sí tendrá un humor irritable la mayor parte del día todos los días de la semana, lo cual, invariablemente, afectará a toda la familia. Una persona que depende del alcohol, también será aquella que frecuentemente tienda a descalificar a su pareja con el objeto de que ésta nunca le cuestione su actuar. Una persona que depende del alcohol muchas veces bebe desde temprano, o bebe en todas sus comidas de negocios, o bebe para “agarrar valor”, o bebe porque sin hacerlo no se siente seguro, ni capaz de nada; bebe porque sin el alcohol no sabe quién es…

Con este actuar, el alcohólico poco a poco destruirá la vida en pareja (y de la familia si la hay), pues al ser una persona que por definición carece de autoestima, buscará destruir también la de su cónyuge y eso, no es amor.

El problema del alcoholismo para los fines que nos ocupan, es que quien lo padece, aunque parezca que sí, en el fondo no se puede autogobernar y una persona que no se gobierna, no puede tener el suficiente juicio como para elegir un estado de vida como lo es el matrimonio, mucho menos la capacidad para llevar a cabo una vida conyugal sana, porque al estar enfermo, lo más probable es que enferme todo aquello que le rodea.

Ahora, ni toda persona que bebe contrae un matrimonio nulo, ni tampoco el alcoholismo es una causal perpetua. Hay gente que en ocasiones se excede sin llegar a consumir alcohol de manera patológica y gente que aunque tenga dependencia clínica al alcohol ha logrado rehabilitarse. Cada caso es un mundo y merece un estudio particular, sin embargo, si tu vida en pareja ha estado marcada de manera negativa por la presencia del alcohol y tienes dudas acerca de que pueda existir alguna causal de nulidad en tu matrimonio por esta razón, contáctanos. Podemos ayudarte.

[1] DSM-IV-TR (Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales)